Comisión de Justicia, aprueban dictaminar iniciativa que busca fortalecer sanciones en delitos contra la libertad sexual en Sinaloa

Culiacán, Sinaloa, a 14 de abril de 2026.- La Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad un proyecto de dictamen que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal estatal en materia de delitos contra la libertad sexual y el normal desarrollo de las personas.
Durante la reunión de trabajo, encabezada por el diputado Hólincer Castro Marañón, se presentó el dictamen por parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos, en el cual se plantean adecuaciones al marco normativo para establecer que el consentimiento en materia sexual no será válido cuando esté viciado por miedo, intimidación, amenaza o abuso de poder. Asimismo, compara diversas conductas de violencia sexual con el delito de violación, incrementando las sanciones correspondientes.
Entre los puntos relevantes, destaca la derogación del delito de estupro, al considerarse que sus supuestos ya se encuentran contemplados dentro del delito de violación. Además, se fortalecen las sanciones por abuso sexual, incluyendo penas de prisión, multas y la obligatoriedad de acudir a programas reeducativos con perspectiva de género.
También se incorporan agravantes en casos donde exista relación de confianza, autoridad o vulnerabilidad, así como cuando los delitos sean cometidos por servidores públicos, profesionistas o ministros de culto. De igual forma, se contemplan sanciones por el uso de tecnologías, incluyendo inteligencia artificial, para la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
Durante la discusión, la diputada Erika Rubí Martínez Rodríguez destacó que legislar en esta materia representa un acto de justicia elemental y un compromiso ético para garantizar la protección de niñas, niños y adolescentes, subrayando la importancia del interés superior de la niñez.
El dictamen fue aprobado con tres votos a favor de los legisladores presentes, por lo que será turnado a la Secretaría General del Congreso para continuar con el trámite legislativo correspondiente.
En la misma sesión, se informó sobre cuatro iniciativas turnadas recientemente a la Comisión, entre las que destacan propuestas para tipificar el delito de rapiña en contextos de desastre, sancionar el reclutamiento de menores de edad para actividades delictivas, fortalecer la legislación en materia de violencia familiar en el noviazgo, y establecer una modalidad agravada del robo de vehículo con violencia.
En esta reunión estuvieron presentes, además del diputado presidente de la Comisión, el diputado Ambrocio Chávez Chávez y la diputada Erika Rubí Martínez Rodríguez.
“Las causas justas no necesitan ruido, necesitan resultados”: López Portillo

Legislador fija su postura sobre lenguaje incluyente
Culiacán, Sinaloa, a 14 de abril de 2026.- Durante la Sesión Ordinaria de este martes en el Congreso del Estado de Sinaloa, el diputado de Morena, Eligio López Portillo, hizo un llamado a reconocer los avances ya logrados en materia de igualdad sustantiva y lenguaje incluyente, y a enfocar el trabajo legislativo en su aplicación efectiva.
En su posicionamiento, el legislador subrayó que los temas relacionados con el reconocimiento de los derechos de las mujeres y el uso del lenguaje incluyente representan una causa legítima y una responsabilidad institucional que debe abordarse con seriedad, rigor y memoria legislativa.
Destacó que Sinaloa no parte de cero en esta materia, ya que en 2023 se aprobó una reforma constitucional que incorporó expresamente términos como “gobernadora”, consolidando el uso del lenguaje incluyente en el marco jurídico estatal.
En ese sentido, López Portillo sostuvo dijo que las causas justas no necesitan ruido, necesitan resultados, esto al mencionar que discutir sobre temas ya legislados, como el lenguaje incluyente, puede desviar la atención de lo verdaderamente importante, que es garantizar la aplicación efectiva de los avances logrados y traducirlos en beneficios reales para la ciudadanía desde el Congreso del Estado de Sinaloa.
“Legislar es también es conocer, es revisar y respetar lo que ha sido construido. Las causas justas no necesitan ruido, necesitan consistencia, necesitan continuidad y necesitan resultados, por eso, más que abrir discusiones que el propio orden jurídico ya cerrado, lo que nos corresponde es defenderme lo que ya se logró y proyectarlo hacia su aplicación efectiva”, preciso.
Además, señaló que su grupo parlamentario ha impulsado iniciativas para ampliar este reconocimiento en toda la Constitución, incluyendo denominaciones como juezas y jueces, ministras y ministros, así como alcaldesas y alcaldes, por lo que afirmó que estos principios ya forman parte del orden constitucional vigente.
El legislador enfatizó que el reto actual no es volver a declarar estos derechos, sino garantizar su cumplimiento en la práctica, a través de políticas públicas y resultados concretos que impacten en la vida de la ciudadanía.
Asimismo, hizo un llamado a evitar la repetición de debates ya resueltos, al considerar que esto puede desviar la atención de temas prioritarios para el estado, como la seguridad, la salud, la educación y el desarrollo social.
Finalmente, el diputado reiteró que reconocer los avances alcanzados también es un acto de responsabilidad política, y exhortó a continuar fortaleciendo el marco legal con congruencia, técnica y respeto al orden constitucional, con el objetivo de generar certeza y responder a las demandas de la población.
Pleno del Congreso, da lectura a dos dictámenes y cinco nuevas iniciativas

Culiacán, Sinaloa, a 14 de abril de 2026.- Diputadas y diputados de la 65 Legislatura del Congreso del Estado de Sinaloa dieron lectura este martes en su Sesión Ordinaria a dos dictámenes y a cinco nuevas iniciativas, dos de las cuales proponen expedir igual número de nuevas leyes.
Uno de los dictámenes fue elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, el cual reforma la denominación del capítulo VIII para quedar “De la simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios”, del Título Cuarto y los artículos 3 y 109 Bis, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de simplificación administrativa.
El dictamen retoma tres iniciativas que tienen por objeto armonizar la Constitución Política del Estado de Sinaloa con la reforma constitucional publicada el 15 de abril de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, desarrollo de capacidades tecnológicas públicas y buenas prácticas regulatorias.
El segundo dictamen fue elaborado por la Comisión de Justicia y reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de abuso sexual.
También retoma varias iniciativas (nueve) que tienen por objeto instituir e instrumentar políticas y acciones orientadas a ampliar las herramientas en el Código Penal, sobre violencia sexual de niñas, niños, adolescentes, mujeres y personas vulnerables, y con ello garantizar el derecho a vivir libres de circunstancias coercitivas, en el contexto de su libertad sexual.
Los dos dictámenes fueron turnados para una segunda lectura y posterior aprobación o desaprobación.
Las iniciativas leídas son las siguientes:
*Iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena, que propone reformar la fracción X del artículo 54 y el primer párrafo del artículo 86 Bis, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, en materia de otorgar a mujeres y personas trabajadoras menstruantes con endometriosis, permiso para ausentarse del centro de trabajo con goce íntegro de sueldo.
La fracción X ya establece el permiso con goce integro de sueldo por uno a tres días para las mujeres que estén diagnosticadas con dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.
El primer párrafo del artículo 86 Bis se reforma en el mismo sentido para reconocer este derecho de permiso con goce de sueldo.
*Iniciativa de la diputada Martha Yolanda Dagnino Camacho, del PVEM, que propone adicionar la fracción VIII Bis al Artículo 134 Bis y los artículo 183 Bis al Código Penal, y adicionar el artículo 18 Bis a la Ley de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de acecho.
En la adición a la Ley de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia se define el concepto de acecho:
“El acecho constituye una modalidad de violencia de género que comprende cualquier conducta de vigilancia, seguimiento, persecución o comunicación, en dos o más ocasiones, sin consentimiento de la mujer, ya sea de manera presencial o mediante el uso de medios digitales o tecnológicos, que tenga como resultado generar miedo, angustia, inseguridad o un menoscabo en su integridad psicológica, emocional, física o patrimonial”.
El artículo 134 Bis del Código Penal establece las causales del delito de femenicidio, y la fracción VIII que se propone añadir como causal establece como causal cuando:
“Existan antecedentes de acecho cometido por el sujeto activo en contra de la víctima, con el fin de intimidar, controlar o ejercer poder sobre ella”.
El artículo 183 Bis C que se propone adicionar, se establece que:
“Comete el delito de acecho quien en dos o más ocasiones, de manera deliberada, sin el consentimiento de la víctima, ya sea por sí misma o por medio de un tercero, siga, observe, vigile, acose o mantenga comunicación insistente con otra persona, ya sea de forma presencial o mediante cualquier medio tecnológico, incluyendo redes sociales o dispositivos de rastreo, con la intención de generar en la víctima un estado de miedo, angustia, inseguridad o alteración de su vida cotidiana.
“A quien cometa este delito, se le impondrá una pena de tres meses a dos años de prisión y de 500 a 1,000 días de multa.
“Las penas se agravarán y se incrementarán en dos terceras partes en los mínimos y máximos en los siguientes casos:
-Si el agresor ingresa al domicilio de la víctima o de personas cercanas a esta como son familiares, amistades, colaboradores o personas con quien realice actividades económicas o sociales, generando temor, daño físico o psicológico.
-Si se causa daño físico o psicológico significativo a la víctima o personas cercanas como consecuencia directa o indirecta del acecho.
-Si se comete el acecho con el uso de cualquier tipo de arma, independientemente de que se cause o no daño físico.
-Si se quebranta una orden de protección emitida previamente, entre otras.
*Iniciativa de las ciudadanas y ciudadanos Rafael Izábal Sanz, Miriam Sarahi Velazco y otras personas, que propone expedir la Ley de Fomento al Emprendimiento del Estado de Sinaloa, para fomentar la cultura del emprendimiento como eje rector para el desarrollo económico y la generación de mejores condiciones de competitividad en la entidad.
La propuesta de ley contiene 45 artículos básicos distribuidos en seis títulos más seis artículos transitorios.
La iniciativa propone entre otros objetivos:
– Establecer incentivos fiscales directos, como exención de ISR, descuentos en el impuesto sobre nómina y adquisición de inmuebles.
– Fortalecer el Fondo de Promoción e Impulso al joven emprendedor con financiamiento inteligente, basado en criterios de innovación, impacto y escalabilidad.
– Impulsar incubadoras y aceleradoras que operen una vez al año como mínimo, con servicios de capacitación, mentaría, acceso a inversión y vinculación comercial.
– Implementar una ventanilla única para facilitar los trámites fiscales, permisos y registros de nuevos negocios. – Crear una Comisión Técnica interinstitucional que evalúe, supervise y transparente el uso de los recursos asignados.
Asimismo, propone el establecimiento de una Agenda Única de Emprendimiento Juvenil que articule los esfuerzos del gobierno estatal, el sector privado, instituciones educativas y organismos de la sociedad civil. Esta agenda permitirá coordinar recursos, evitar duplicidades y dar seguimiento a indicadores de impacto económico y social.
*Iniciativa del diputado Serapio Vargas Ramírez, de Morena, que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de nepotismo.
Entre las propuestas de reforma, está la que para ser diputado o diputado debe exigirse como requisito:
“No tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad de la diputación”.
También propone prohibir la reelección para diputadas y diputados propietarios, pero sí la reelección de diputadas y diputados suplentes, siempre y cuando no hubiesen suplido a las o los diputados propietarios.
De igual manera propone la no reelección para un periodo inmediato posterior de quienes ocupen las presidencias municipales, sindicaturas de procuración y regidurías sin distinción de la forma en cómo hayan llegado al cargo.
De igual manera se propone que las presidentas y presidentes municipales no podrán ser electos si en los últimos tres años anteriores al día de la elección hay o hubo un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que ejerza el cargo de la Presidencia municipal.
*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PRI que propone expedir la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Sinaloa, para establecer las normas y principios básicos conforme a lo cuales se llevará a cabo la planeación estatal del desarrollo y que suplirá a la normatividad vigente desde 1987.
Se propone un Sistema Estatal de Planeación Democrática, en el que concurrirán los sectores social y privado, de manera concertada o inducida, así como los particulares, a través de las demandas y propuestas que formulen o participando en la consulta pública, con el propósito de que intervengan directamente en la formulación, instrumentación, control y evaluación de la planeación.
Se propone que este sistema opere con las estructuras e instancias de coordinación siguientes: INPE (organismo público descentralizado del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión, sectorizado a la Secretaría de Administración y Finanzas), COPLADESIN, CODESIN y Los COPLAM.
Este sistema deberá:
-Realizar diagnósticos para conocer los problemas y demandas de la sociedad.
-Establecer los objetivos, estrategias, metas, acciones e indicadores para el desarrollo del Estado y de los municipios;
-Dar seguimiento y evaluar la ejecución de los instrumentos del Sistema Estatal de Planeación, en los ámbitos estatal y municipal, así como generar recomendaciones.
-Promover la planeación del desarrollo del Estado y de los municipios, buscando la congruencia entre los planes nacionales, estatales y municipales de desarrollo y los instrumentos de planeación que de ellos deriven, entre otras.
La participación ciudadana se podrá dar a nivel estatal, regional o municipal a través de las mesas de trabajo y foros de consulta que sean convocados para tal efecto, mismos que deberán tener lugar durante los dos meses del plazo requerido para elaborar el Plan Estatal de Desarrollo y dentro de los primeros tres meses para elaborar los Planes Municipales de Desarrollo.
De igual manera se propone que el Congreso del Estado apruebe el Plan Estatal de Desarrollo dentro del plazo de dos meses contado a partir de su recepción.
En caso de que no se pronuncie en dicho plazo, el Plan se entenderá aprobado en los términos presentados por el Ejecutivo.
La aprobación del Plan Estatal de Desarrollo, por parte del Congreso, consistirá en verificar que dicho instrumento incluya los fines del proyecto estatal contenidos en la Constitución Política del Estado de Sinaloa, cumpla con los requisitos señalados por la propia Constitución, esta Ley e incorpora las aspiraciones y demandas de la sociedad, de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, expresadas durante el proceso de consulta.
La ley que se propone consta de 63 artículos básicos divididos en nueve capítulos más ocho artículos transitorios.
Comisiones Unidas, aprueban dictamen de Ley de Protección a Migrantes

Culiacán, Sinaloa, a 14 de abril de 2026.- Tres Comisiones Unidas del Congreso del Estado de Sinaloa aprobaron por unanimidad dictamen que expide la Ley de Protección a Migrantes del Estado de Sinaloa, la cual busca evitar la exclusión y discriminación de este sector social, contempla la creación de una oficina para su atención y elaborar un padrón de las personas que tengan este estatus.
En la Ley se definen varias figuras relativas a migrantes, tales como deportados, residente temporal, residente permanente, visitantes con permiso, visitantes sin permiso, entre otros.
Como deportados se refiere a personas que teniendo residencia en territorios de naciones o entidades federativas distintas a Sinaloa habitan en territorio sinaloense.
Relativo a residentes tanto temporales como permanentes, se hace referencia que cuentan con autorización para residir y laborar o estudiar por determinado tiempo, o bien por tiempo indefinido.
Igual se aplica para visitantes con permiso y sin permiso.
La Ley establece diversos derechos para las personas migrantes, entre los cuales está:
-Recibir un trato digno, justo y humano.
-No ser objeto de exclusión o discriminación.
-Obtener asistencia jurídica gratuita.
De igual manera se establecen como derechos el acceder en condiciones de igualdad a los servicios educativos, así como a recibir atención médica, gozar de la procuración e impartición de justicia, trabajar en condiciones laborales de acuerdo al marco legal establecido.
Asimismo, en la ley se contempla la creación de un padrón de migrantes en Sinaloa, y se establece como obligación tanto para el Gobierno del Estado como para los municipios el promover la agrupación de migrantes en asociaciones, clubes y organizaciones similares.
También se establece que la Secretaría General de Gobierno deberá crear las instancias necesarias y tener los recursos humanos necesarios para la atención de migrantes.
Ello implica crear una Oficina de Atención, cuya persona titular será designada por el gobernador o gobernadora.
De igual manera se establece que cuando una persona sinaloense sea deportada de otro país se le apoyará con el costo total o un porcentaje de este para su traslado a su población de origen.
El dictamen fue aprobado por unanimidad de integrantes de las Comisiones de Puntos Constitucionales y Gobernación, Asuntos Migratorios y la de Derechos Humanos.
