Congreso del Estado de Sinaloa

Congreso de Sinaloa, da lectura a cinco nuevas iniciativas en Sesión Ordinaria

Vista panorámica del Salón de Sesiones. Diputados en sus lugares. El fondo con un enorme Escudo de Sinaloa. A los lados banderas.

Culiacán, Sinaloa, 7 de julio de 2026.- Diputadas y diputados de la 65 Legislatura del Congreso del Estado de Sinaloa dieron lectura a cinco nuevas iniciativas que proponen reformas y adiciones diversas a distintas leyes de la entidad.

Las iniciativas leídas son las siguientes:

*Iniciativa del diputado Kristiam Alexis Espinoza García, de Morena, que propone adicionar el capítulo octavo, denominado “De la Accesibilidad a inclusión en el turismo”, con los artículos del 49 al 54, a la Ley para el Fomento del Turismo en el Estado de Sinaloa.

Los artículos de este nuevo capítulo establecen que se tiene por objeto establecer las bases para garantizar el derecho de todas las personas, especialmente aquellas con discapacidad, adultos mayores y personas con movilidad reducida, al acceso, uso y disfrute de los destinos, productos, servicios e infraestructura turística del Estado de Sinaloa sin discriminación y en condiciones de igualdad, seguridad, autonomía y dignidad.

Asimismo, se propone que las autoridades estatales y municipales, así como los prestadores de servicios turísticos, implementen medidas para asegurar la accesibilidad universal en la planeación, diseño, construcción, operación y promoción de espacios, instalaciones, eventos y servicios turísticos.

Para efectos de este capítulo, se entenderá por accesibilidad universal el conjunto de condiciones que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios turísticos para que puedan ser utilizados de forma segura, autónoma y cómoda por todas las personas, sin distinción alguna y en igualdad de condiciones.

En este sentido se precisa que las medidas de accesibilidad e inclusión deberán considerar, al menos:
l. La adecuación de instalaciones físicas conforme a los principios del diseño universal;
II. La eliminación de barreras físicas, sensoriales, cognitivas y actitudinales en los entornos, servicios e infraestructura turística;
III. La capacitación del personal turístico en trato adecuado a personas con discapacidad y grupos en situación de vulnerabilidad; IV. La disponibilidad de información turística en formatos accesibles (braille, audio, lectura fácil, pictogramas, entre otras).

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PRI que propone expedir la Ley de Cultura de Paz del Estado de Sinaloa.
Tiene como finalidad erradicar la violencia estructural originada en las desigualdades económicas y sociales existentes en el estado.
La ley que se propone se integra por 19 artículos básicos estructurados en tres títulos más dos artículos transitorios.
En la iniciativa se consideran como ámbitos de aplicación de especial interés para la construcción de cultura de paz los que se enlistan de forma enunciativa más no limitativa:
l. Educación para la paz: Es un proceso orientado a desarrollar en las personas condiciones para la transformación no violenta y creativa de los conflictos, a fin de construir identidades desligadas de la violencia y generar contextos sociales basados en la confianza, la solidaridad y el respeto mutuo, con la incorporación, entre otras, de la perspectiva de género y del cuidado del medio ambiente;
II . Investigación para la paz: Es un área académica interdisciplinaria mediante la cual se estudian las paces y las violencias a fin de generar conocimiento para abonar a la discusión del tema y proveer elementos para la toma de decisiones públicas, entre otras.
Asimismo, se propone que sea la Secretaría de Seguridad Pública la responsable de coordinar las acciones emitidas por el Ejecutivo en materia de cultura de paz, así como para transversalizarlas, supervisarlas, evaluarlas y proponer estrategias a fin de integrar de manera progresiva el enfoque de paz en los distintos ámbitos de gobierno, entre otras propuestas.

*Iniciativa de la diputada Erika Rubí Martínez Rodríguez, de Morena, que propone adicionar un segundo párrafo al artículo 24 Bis B y los artículos 24 Bis B1 y 24 Bis B2 a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sinaloa, en materia de reconocimiento del abandono durante el embarazo como una forma de violencia y establecer medidas para su prevención, atención y erradicación.
Las adiciones que se proponen establecen lo siguiente.
Se considera violencia contra la mujer o persona gestante, el abandono económico, emocional y de cuidado durante el embarazo por parte del progenitor o de quienes legal o socialmente deban asumir corresponsabilidad durante el embarazo, parto o puerperio, cuando este ocasione una afectación a la salud física o mental, la obstaculización del acceso a servicios de salud, o la imposición de una carga exclusiva sobre los cuidados y riesgos del embarazo.
El artículo 24 Bis 81 propuesto establece que el Gobierno del Estado y los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán garantizar la prevención, atención y erradicación del abandono durante el embarazo, parto o puerperio como una forma de violencia contra las mujeres, mediante la implementación de las siguientes acciones:
l. Establecer programas de acompañamiento psicoemocional, médico y jurídico durante el embarazo, parto o puerperio, especialmente para las mujeres y personas gestantes en situación de abandono por parte del progenitor;
II. Promover campañas de sensibilización dirigidas a la población masculina sobre la corresponsabilidad durante el embarazo y las consecuencias legales del abandono; entre otras acciones.
Asimismo, se propone que los municipios deben incluir en sus planes de desarrollo programas específicos para prevenir la violencia durante el embarazo, parto o puerperio, fomentar la paternidad corresponsable y brindar apoyo a las mujeres y personas gestantes en situación de abandono.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PAS y de las ciudadanas Rosa Emma Contreras Villapudua y Paula Liliana Díaz Quiñónez, que propone reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Sinaloa en materia de incorporar nuevas modalidades delictivas derivadas del uso de tecnologías de la información y la comunicación.
La propuesta contempla reformar la denominación del Capítulo II, del Título Tercero para quedar como Falsificación, Destrucción, Alteración y uso indebido de documentos, contenidos digitales, imágenes, grabaciones de audio o video.
A la falsificación o alteración de un documento público o privado se le hace el añadido de que estas pueden ser parcial o total, ya sea en formato físico, electrónico o digital.
También se añade como delito el aprovechamiento de la “firma electrónica” o cualquier elemento de identidad autentificada para establecer una obligación o liberación, o bien se utilice en otro documento que pueda comprometer bienes jurídicos ajenos.
También se adicionan las siguientes acciones como constitutivas de delito:
Se altere, falsifique, edite, genere, simule o manipule mediante medios tecnológicos, imágenes, grabaciones de audio o video, reales o creadas artificialmente, con el objeto de aparentar hechos falsos, alterar la percepción de la realidad o causar daño a una persona;
Se haga uso, difunda, distribuya o publique imágenes, grabaciones de audio o video falsificadas, alteradas, editadas o manipuladas, a sabiendas de su falsedad, con la finalidad de obtener un beneficio indebido o causar un perjuicio a terceros;
Se acceda, manipule, altere, destruya, falsifique, o haga uso indebido de la información contenida en la Plataforma Única de Identidad, en los Registros Administrativos de cualquier Autoridad, o en la Clave Única de Registro de Población, con datos biométricos.
Entre otras propuestas.

*Iniciativa del ciudadano Jesús Antonio Ledezma Zacarías, que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto fortalecer la cultura de la participación ciudadana desde un enfoque formativo y educativo, incorporar criterios de promoción de la participación con especial atención en las juventudes, y robustecer las obligaciones de las autoridades en materia de educación cívica, formación democrática y corresponsabilidad social, sin alterar el carácter universal de los instrumentos de participación previstos en la Ley,
La propuesta contempla reformar la fracción VI del artículo 1; la fracción IX del artículo 2; los artículos 71 , 72 y 73; y se adiciona la fracción VII recorriéndose en su orden la subsecuente del artículo 1; la fracciones IV Bis y IX Bis al artículo 2 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Sinaloa
Una adición propuesta establece la obligación de:
“Desarrollar mecanismos de participación ciudadana mediante enfoques diferenciados, exclusivamente con fines formativos, pedagógicos y consultivos, atendiendo a las características y condiciones de los distintos sectores de la población, para los procesos de formación cívica, consulta, seguimiento de carácter orientativo y análisis de políticas públicas, sin implicar en ningún caso el ejercicio de funciones de autoridad ni la atribución de facultades decisorias, y preservando en todo momento el carácter universal, igualitario y no discriminatorio de los derechos de participación ciudadana”.
Asimismo, estable que tanto los Poderes Legislativo y Ejecutivo estatal, como los Ayuntamientos, instituciones y organismos sociales, en el ámbito de sus respectivas competencias, “de manera permanente deberán fomentar una cultura de la participación ciudadana en los asuntos de interés público mediante acciones de promoción, educación cívica, formación democrática y difusión de los derechos de participación; atendiendo a los distintos sectores de la población fortaleciendo su involucramiento informado, corresponsable y progresivo en la vida pública, sin implicar el ejercicio defunciones de autoridad ni la atribución de facultades decisorias, y preservando en todo momento el carácter universal, igualitario y no discriminatorio de los derechos de participación ciudadana”, entre otras propuestas.

Congreso, reforma Constitución local para evitar nepotismo electoral

Diputados y diputadas levantan sus manos al momento de votar.

Culiacán, Sinaloa, 7 de julio de 2026.- Diputadas y diputados de la 65 Legislatura aprobaron por unanimidad reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, con lo que se prohíbe la elección de esposas o esposos de diputados propietarios vigentes y de quien ocupe la titularidad del Ejecutivo, así como de quienes ocupen alcaldías y regidurías.

Asimismo se ajustan los tiempos de revisión de las Cuentas Públicas, y se limitan recursos públicos para la contratación de seguros médicos, entre otros aspectos.

Al someterse a votación las reformas y adiciones, se emitieron 34 a favor, cero en contra y cero abstenciones.

Las reformas y adiciones aprobadas son producto de 16 iniciativas presentadas sobre la materia por parte de distintos grupos parlamentarios de diferentes Legislaturas, así como diputados y diputadas de la actual Legislatura.

Asimismo, las reformas y adiciones aprobadas se enmarcan en las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso de la Unión, mismas que fueron publicadas el 23 de abril del 2026 en el Diario Oficial de la Federación.

En este sentido, se establece que las y los servidores públicos del Congreso del Estado, Ayuntamientos y del Gobierno del Estado no cuenten con remuneraciones superiores al límite establecido en el artículo 127 de nuestra Carta Magna, así como la prohibición de contratar regímenes especiales de retiro o cajas de ahorro, seguro de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, con recursos públicos.

Asimismo, se prohíbe la reelección inmediata en cargos legislativos y locales, estableciendo mecanismos para combatir el nepotismo electoral a partir de los procesos de 2030.

Con esta reforma se revierten los cambios de 2014 que permitían la reelección consecutiva, y establece un blindaje constitucional contra la contratación de parientes en puestos electorales, marcando un cambio fundamental en las reglas de participación política.

Esta prohibición consistirá en que las personas que hayan obtenido un cargo de elección popular no podrán ser reelectas para el período inmediato posterior, es decir, no podrán participar como candidatos o candidatas para el mismo cargo que están ejerciendo.

En cambio, quienes sean suplentes, sí podrán participar como candidatos o candidatas.

En cuanto al nepotismo electoral, se establece como un requisito de idoneidad que las personas que busquen participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio, concubinato o relación de pareja. Así como parentesco consanguíneo o civil en la línea recta sin limitación de grado, y en la línea colateral hasta el cuarto grado, o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que ocupa el cargo por el cual participarán.

Para tal efecto se reformaron los artículos 25 Bis, 37, párrafo tercero; 11 O; 115, las fracciones IV y V; 117; y 145, las fracciones IV y V; y se adicionaron a los artículos 25, la fracción VI; al 37, el párrafo cuarto, recorriendo en su orden los subsecuentes; al 56, el párrafo tercero; al 115, la fracción VI ; y al 145, la fracción VI; todos de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.

Una vez aprobadas las reformas con la votación arriba señalada, el presidente de la Mesa Directiva, Juan Diego Aranzubia Iturrios, estableció que las reformas fueron aprobadas por mayoría calificada y que por consiguiente instruyó que se expida el Decreto correspondiente y que se emita el expediente a los 20 Ayuntamientos para que emitan el voto que corresponda en un plazo de 15 días.

Cargos de elección popular, no son patrimonio de nadie: Dip. Juana M. Vázquez

Diputada Juana Minerva Vázquez habla en tribuna del Congreso.

Culiacán, Sinaloa, 7 de julio de 2026.- Los cargos de elección popular no son patrimonio personal, ni familiar, ni de grupo, y tampoco son puente para dejar ahí a cónyuges o familiares, y evitar esto es oxigenar la democracia con la apertura a nuevas voces y nuevos liderazgos, afirmó la diputada Juana Minerva Vázquez González.

La legisladora, en su calidad de presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, así como integrante de Morena, subió a tribuna para hablar a favor de reformas y adiciones a la Constitución Política local que estaban a discusión, y que precisamente evitan el nepotismo electoral y prohíbe la reelección inmediata.

Aprobar estas reformas, dijo, permite enviar un mensaje claro para la vida pública de Sinaloa, ya que el poder no se hereda ni se comparte.

La reelección, aseguró, no es una consigna vieja, sino que es una lección histórica que sigue vigente, pues los cargos políticos deben renovarse.

La democracia, añadió, se fortalece cuando se abren los espacios a nuevas voces y liderazgos y a nuevas generaciones.

Afirmó que la reelección inmediata genera ventajas para quienes están en los cargos públicos, pues quien busca reelegirse no compite en las mismas condiciones que una persona ciudadana que aspira desde afuera, porque tiene mayor presencia pública y mayor cercanía con las estructuras de gobierno y una posición política que puede romper la equidad en las contiendas.

La no reelección, añadió, permite evitar que la representación política se estanque en las mismas manos, pero sobre todo permite recordar algo esencial: ningún cargo público tiene dueño.

En lo que se refiere al nepotismo electoral, afirmó que este ha lastimado la confianza ciudadana.

“Un cargo de elección popular no puede ser utilizado como puente para dejar en el mismo espacio al esposo o esposa, al hijo a la hija, al hermano o hermana que estén dentro de esta misma línea”, observó.

En este sentido afirmó que las reformas y adiciones son para defender principios, como el de la equidad, el de renovación democrática y el de que el servicio público y la representación política deben estar abiertas al mérito, trabajo, trayectoria y respaldo ciudadano.

“Quien ocupe un cargo público debe entender que su responsabilidad es temporal”, puntualizó.

Congreso, elige a Yanet Arredondo Mendívil como titular del Órgano Interno de Control de la Auditoría Superior del Estado

Presidente de la Jucopo, Eligio López Portillo, emite voto durante elección.

Culiacán, Sinaloa, 7 de julio de 2026.- Con 33 votos a favor de diputadas y diputados, el Congreso del Estado de Sinaloa eligió a Yanet Arredondo Mendívil como titular del Órgano Interno de Control de la Auditoría Superior del Estado, luego de obtener la mayoría calificada mediante la votación realizada en Sesión Ordinaria desarrollada este martes.

La elección se llevó a cabo mediante escrutinio secreto, en apego al procedimiento establecido en la Ley de la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa, en dicha votación, Yanet Arredondo Mendívil obtuvo 33 votos, Daniel Iván Páez Torres recibió dos votos y Margarita Payán Quiroz no registró sufragios.

Previo a la votación, el Pleno conoció el dictamen elaborado por la Comisión de Fiscalización, en el que se propuso la terna integrada por Yanet Arredondo Mendívil, Daniel Iván Páez Torres y Margarita Payán Quiroz, al considerar que las tres personas aspirantes cumplieron con los requisitos de elegibilidad, trayectoria profesional y méritos académicos necesarios para participar en el proceso.

De acuerdo con el dictamen, la Convocatoria pública fue aprobada por la Comisión de Fiscalización el 4 de junio de 2026 y estuvo dirigida a organismos empresariales, comerciales, de servicios, agrupaciones de profesionistas, instituciones de educación superior y ciudadanía en general, para presentar propuestas o autopropuestas al cargo.

Tras la revisión de expedientes, entrevistas y proyectos de trabajo, la Comisión de Fiscalización sometió al Pleno la terna para que, mediante votación, se eligiera a la persona titular del Órgano Interno de Control de la Auditoría Superior del Estado.

Al concluir el cómputo, la Mesa Directiva informó al Pleno que Yanet Arredondo Mendívil obtuvo más de las dos terceras partes de los votos de las diputadas y los diputados presentes, por lo que fue electa para ocupar el cargo por un periodo de cuatro años, conforme al artículo 95 de la Ley de la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa.

Después de que se dieron a conocer los resultados por parte del presidente de la Mesa Directiva, el diputado Juan Diego Aranzubia Iturrios, ordenó informar a la persona favorecida con el escrutinio para tomarle la protesta correspondiente en la misma Sesión Ordinaria, por lo que a partir de este martes, Arredondo Mendívil quedó como titular del OIC de la ASE.